martes, 15 de diciembre de 2020

CCOO GANA DOS SENTENCIAS DE RECONOCIMIENTO DEL COMPLEMENTO PERSONAL DE NIVEL

CCOO ha conseguido dos victorias judiciales donde se solicitaba el reconocimiento del complemento personal de nivel a dos afiliadas de CCOO ya que la empresa no les reconocía este derecho contemplado en el art. 18 del convenio de Grandes Almacenes y el art. 4 del Acuerdo de Empresa de Leroy Merlin.

En estos artículos se reconoce el derecho de los trabajadores/as de Leroy Merlin que tengan una antigüedad de 7 años a que se les reconozca el pago del complemento de nivel, que es un 3% del salario base de grupo vigente en cada momento que, cuantificado en dinero, supone para un vendedor/a del grupo profesional una cantidad anual de 455,25€ en 2020.

La Empresa les denegaba el reconocimiento del derecho alegando que la excedencia por cuidado de hijo/a no computaban para el criterio de los 7 años de antigüedad.

Pues bien, en ambas sentencias, aceptando el criterio de CCOO al respecto, el Juez RECONOCE el DERECHO  al COMPLEMENTO DE NIVEL de las trabajadoras, ya que las excedencias por cuidado de hijo/a NO INTERRUMPEN la prestación del servicio, como alegaba la empresa y, por tanto,  dan derecho a considerar ese tiempo de excedencia como si se hubiera trabajado ininterrumpidamente.

Además se señala por el Juez que el actuar de la Empresa denegando el complemento constituye una discriminación indirecta por razón de sexo, es decir, por ser mujer.

A la vista de estas dos sentencias hemos solicitado a la Empresa  que, de forma general, reconozca el derecho a que el tiempo en que la persona trabajadora haya ejercitado su derecho a la excedencia por cuidado de hijo/a u otra excedencia forzosa se le compute para el plazo de 7 años necesario para el reconocimiento de dicho complemento.

Nuevamente la acción jurídica de CCOO funciona y conquista nuevos derechos.


¡NO TE QUEDES SIN TU COMPLEMENTO DE NIVEL!

EN CCOO RECLAMAMOS TU DERECHO 




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